Un fallo judicial habilitó este martes la revisión del revocamiento del procesamiento del presidente del Banco Central (BCRA) y mano derecha de Luis Caputo, Santiago Bausili, por la causa que investigaba negociaciones incompatibles con la función pública por su accionar durante el gobierno de Mauricio Macri, donde se desempeñó en el Ministerio de Finanzas. El funcionario presuntamente encabezó gestiones oficiales -entre las cuales se destacaron reuniones privadas con compañeros de trabajo- para la colocación de deuda pública por parte de entidades bancarias que redundaron en múltiples beneficios.
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de los jueces Alejandro Slokar y Angela Ledesma –y con la disidencia del juez Guillermo Yacobucci- decidió hacer lugar al recurso fiscal y analizar la resolución adoptada por los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones a través de la cual -por segunda vez- se revirtió el procesamiento del exdirectivo del Deutsche Bank y representado por el estudio fundado por el Ministro de Justicia, Mariano Cuneo Libarona. El máximo tribunal penal del país hizo lugar a la queja de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas –PIA– contra el beneficio otorgado por la Cámara Federal horas antes de asumir al frente de la entidad que regula a todos los bancos y la actividad financiera del país. Se le imputa haber realizado maniobras en la toma de deuda pública que concluyeron en su procesamiento conforme a la ley de ética pública, por su actuación junto a Caputo en 2018.
Qué le imputan a Santiago Bausili
Bausili fue procesado en dos oportunidades al constatar que, en su calidad de Secretario de Finanzas, encabezó gestiones oficiales -entre las cuales se destacaron reuniones privadas con compañeros de trabajo- para la colocación de deuda pública por parte de entidades bancarias. La maniobra en cuestión redundó en un beneficio por sumas millonarias a su ex empleadora, la firma Deutsche Bank, quien habría actuado como intermediaria financiera y percibido considerables comisiones, a la vez que le generó al Estado Nacional un incremento récord de su deuda, que ascendió a los 100 mil millones de dólares.
Según la denuncia, las presuntas conductas de Bausili se encuentran expresamente vedadas por el artículo 13 de la ley 25.188 –que regula la ética en el ejercicio de la función pública- la cual determina que resulta incompatible con el ejercicio de la función pública: “Dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades”.
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Y la denuncia continúa: en la función pública, Bausili continuó percibiendo acciones y bonificaciones del banco por el equivalente aproximado de 200 mil dólares, viendo afectada la independencia para tomar decisiones en pos del interés público y actuando como representante de las entidades bancarias en el gobierno. El artículo 265 del Código Penal prevé penas de hasta seis años de prisión e inhabilitación perpetua al funcionario público que: “directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo”. Además, contempla la aplicación de una multa de dos a cinco veces del valor del beneficio indebido.