Las empresas de cable, telefonía e internet tenían un acuerdo con el Gobierno de realizar ajustes periódicos mensuales hasta fin de año. Sin embargo, la desregulación que anticipa el gobierno de Javier Milei y el fallo de la jueza Cecilia De Negre disponiendo la "nulidad" del decreto que declaró como servicio público y esencial a las telecomunicaciones --lo que permitía regular los aumentos de precios-- le abrió la puerta a las empresas a una nueva suba en las tarifas incluso por encima de lo que estaba ya pautado para diciembre.
El acuerdo establecía que en en diciembre inclusive, las empresas tendrán autorizado hacer un incremento del 4,5 por ciento mensual. Sin embargo, algunos clientes ya comenzaron a recibir las boletas con aumentos a diciembre al 10 por ciento a sus planes vigentes.
Los incrementos incluyen a las empresas de televisión por cable, telefonía celular e internet permite realizar ajustes periódicos mensuales hasta fin de año. Pese al decreto y el sendero de aumentos autorizado por la Enacom, algunas empresas, como Telecom decidieron judicializar la decisión mientras llegaron a aplicar incrementos no autorizados de hasta el 20 por ciento.
El Gobierno definió en mayor aumentos mensuales hasta fin de año en televisión paga, telefonía e internet y las licenciatarias podrán aplicar sucesivos incrementos de hasta un 4,5 por ciento hasta este mes inclusive. La medida fue tomada por el Ente Nacional de Comunicaciones, publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución 557/2023 y lleva la firma del presidente de Enacom, Claudio Ambrosini
"Sin desatender el diálogo con el sector, advirtiendo que el último incremento autorizado por este ENACOM fue de aplicación sucesiva y mensual en el período comprendido entre enero y abril de 2023; corresponde autorizar nuevos incrementos con similar aplicación a partir de mayo y hasta diciembre de 2023, evaluados en el contexto económico y dificultades que se atraviesan para todos los actores involucrados, prestadoras y público usuario", reza el texto.
"A partir del primer día de cada mes posterior a mayo de 2023, sucesivamente y hasta diciembre de 2023 inclusive, las licenciatarias aludidas podrán aplicar un nuevo incremento mensual en un porcentaje de hasta el 4,5% sobre los mismos precios, tomando como referencia los valores actualizados al último día del mes anterior. Cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) y que supere los valores expresamente autorizados (...) deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas", expresaba el texto.
Sin embargo, ante la promesa de desregulación del futuro gobierno libertario, las empresas se sintieron "libres" de aplicar aumentos por encima de lo pautado. Por si esto fuera poco, la jueza Cecilia De Negre dispuso este lunes la "nulidad" del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que declaró como servicio público y esencial a las telecomunicaciones, haciendo lugar a la demanda de la empresa Telecom contra el Poder Ejecutivo. En este sentido, la magistrada argumentó que este tipo de regulaciones deben efectuarse a través de una "ley formal", con su respectivo debate en el Congreso Nacional.
"Disponer que una actividad económica se declare como servicio público, también requiere del dictado de una ley formal emitida por el Congreso, quedando vedado al Poder Ejecutivo la utilización de un DNU a ese fin", sostuvo el fallo de primera instancia de la letrada. El decreto cuya nulidad se dispuso es el 690/2020, publicado en el Boletín Oficial el 21 de agosto del 2020, en medio de la crisis socioeconómica provocada por la pandemia de Covid-19, que buscaba asegurar que "el servicio se preste obligatoriamente a todos los habitantes".