La Comisión Administradora del Río Uruguay ratificó hoy el período de veda para la pesca comercial y deportiva del dorado (Salminus brasiliensis), que entra en vigencia desde el 1º de septiembre de cada año hasta el 31 de diciembre.
Lo hizo a través de la Resolución 111/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La veda, fijada en 1998, inicialmente era del 1º de septiembre al 28 de febrero del año siguiente para la pesca comercial, y del 15 de octubre al 15 de enero para la deportiva.
Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.
Esto fue modificado a fines de 2012, estableciendo como período de veda, para ambas modalidades, el período entre el 1º de septiembre y el 31 de diciembre para cada año, decisión que fue prorrogada anualmente a través de las resoluciones 87/14, 130/15, 30/16, 82/17, 18/18, 24/19, 22/20, 16/21, y 29/22.
De acuerdo con el organismo, tanto el año pasado como en el actual se desarrollaron reuniones de trabajo en el marco del Programa de Conservación de la Fauna Íctica y los Recursos Pesqueros del Río Uruguay, donde participaron asesores de los organismos de Argentina y Uruguay.
Allí se expidieron informes que postulan la continuidad de la veda del dorado en época reproductiva en base a idénticos argumentos que los esgrimidos en años anteriores y que fundaran las sucesivas prórrogas.
A estos motivos, se le suma la bajante extraordinaria del Río Uruguay que se registró en los últimos meses.
Con información de Télam