La Cámara en lo Penal Económico revocó el sobreseimiento y ordenó proseguir la causa penal contra un pasajero que intentó salir del país en un vuelo con destino a España con casi 50.000 dólares, euros y francos suizos sin declarar.
La resolución de la Sala B de la Cámara, que además restableció la prohibición de salida del país del imputado, se produjo en la causa por tentativa de contrabando contra una persona identificada por las iniciales H.I.V., quien negó haber incurrido en ese delito porque no llevaba las divisas ocultas, sino guardadas por razones de seguridad.
El hecho que dio origen a la causa penal se registró el 5 de diciembre último en el Aeropuerto de Ezeiza, cuando el hombre iba a abordar un vuelo de la empresa Air Europe con destino a Madrid.
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Requerido por personal aduanero que detectó que a la altura de su cintura presentaba una protuberancia no acorde con su anatomía, el hombre admitió que llevaba 48.845 dólares obtenidos por la venta de un inmueble, más euros y francos suizos, pero que no viajaba como turista, sino para radicarse en España.
En primera instancia se dictó el sobreseimiento porque se consideró que no se había probado que el imputado impidió el ejercicio de las funciones que las leyes acuerdan al servicio aduanero para el control sobre las exportaciones de mercadería, como es considerado el dinero.
Pero la fiscalía apeló esa decisión y afirmó que la conducta del pasajero excedió la finalidad de resguardo habitual de material de valor, y constituyó una maniobra de ocultamiento de mercadería con el fin de burlar el control asignado a la Aduana.
La Sala B de la Cámara recordó que la ley permite transportar sumas menores a 10.000 dólares estadounidenses o el equivalente en otras monedas y afirmó que si bien es razonable transportar dinero de una forma que permita evitar posibles sustracciones o apoderamientos ilegítimos, la manera como H.I.V. lo llevaba acondicionado, más la falta de declaración de las divisas, implica el propósito de ocultarlo.
El fallo que revocó el sobreseimiento fue firmado por los camaristas Roberto Hornos y Carolina Robiglio.
Con información de Télam