La Cámara Nacional en lo Comercial ratificó que las demandas que se concretan en base a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor (LDC) tienen el beneficio de justicia gratuita, que incluye la eximición de impuestos y costas del proceso, informaron hoy fuentes judiciales.
La decisión fue tomada por la Sala D de la Cámara en una causa presentada por la Asociación Civil por los Consumidores y el Medio Ambiente (Acyma) contra una agencia de viajes con sede en la Ciudad de Buenos Aires, luego de que la Corte Suprema de la Nación se expidiera meses atrás a favor del reclamante.
La demandada cuestionó que se le permitiera a Acyma tramitar la causa sin afrontar la tasa de justicia ni, especialmente, las costas del proceso, como se había resuelto en primera instancia con la conformidad de la fiscalía.
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La sala D de la Cámara recordó que el artículo 53 de la LDC prevé que "las actuaciones judiciales que se inicien de conformidad con la presente ley en razón de un derecho individual gozarán del beneficio de justicia gratuita", que el artículo 55 extiende a las asociaciones que demandan en defensa de intereses colectivos.
"El beneficio de justicia gratuita -otorgado a Acyma- no solo incluye la tasa de justicia, sino también el pago de las costas", afirmaron los camaristas Pablo Heredia, Gerardo Vassallo y Juan Garibotto.
Con información de Télam