El Ministerio de Economía determinó la existencia de competencia desleal en el ingreso de nebulizadores provenientes de China y Taiwán, y estableció una medida antidumping para estos productos, a través de la resolución 658/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La misma procedió al cierre de la investigación que se llevó a cabo para las operaciones de exportación hacia la Argentina de nebulizadores originarios de la República Popular China y Taipéi Chino, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) 9019.20.20.
Además, fijó para estos productos una medida antidumping definitiva, bajo la forma de un valor FOB mínimo de exportación de U$S 25,36 por unidad para China y de U$S 24,97 por unidad para Taiwán.
Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.
De acuerdo con los considerandos de la normativa, la firma Silvestrin Fabris (Silfab) solicitó el inicio de una investigación por presunto dumping en operaciones.
A partir de la misma, se determinó la existencia de un margen de dumping de 71% para los exportadores de China y de 401,39% para los de Taiwán.
En consecuencia, la Comisión Nacional de Comercio Exterior indicó que la rama de producción nacional de nebulizadores, sufre daño importante causado por las importaciones con dumping originarias de China y de Taipéi Chino, y recomendó la aplicación de medidas definitivas al ingreso de estos productos.
Con información de Télam