La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) habilitó el reingreso a los regímenes de regularización de deudas que quedaron caducos durante 2020 por falta de pago. La reapertura de los planes de moratoria, que fue publicada este lunes en el Boletín Oficial del distrito, estará vigente hasta el 31 de diciembre próximo.
La resolución normativa de ARBA establece que desde el 12 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2021 se habilita el reingreso a los regímenes para la regularización de deudas, cuya caducidad hubiera operado durante 2020.
La medida además estipula que esas deudas pueden ser derivadas de los impuestos Inmobiliario, en sus componentes básico y complementario; Automotores y Embarcaciones Deportivas; sobre los Ingresos Brutos; Sellos; e incluye a los regímenes de regularización de los agentes de recaudación y sus responsables solidarios, provenientes de retenciones o percepciones no efectuadas.
Es decir que abarca planes de regularización caducos de todos los impuestos, salvo aquellos otorgados en el marco de la Ley 14890, que en 2017 estableció beneficios específicos para empresas que actuaban como agentes de recaudación.
Cristian Girard, director de ARBA, sostuvo que la medida "permitirá que familias y empresas bonaerenses puedan retomar los planes con facilidades para cancelar deudas que se cayeron el año pasado, en el contexto de crisis generado por la pandemia".
"Esta rehabilitación de regímenes caducos que reglamentamos desde la Agencia de Recaudación forma parte del paquete especial de medidas que impulsó el gobernador Axel Kicillof, en el marco de la emergencia sanitaria, para ayudar a las y los contribuyentes y promover la recuperación económica".
Cada programa de regularización se retomará en las mismas condiciones en que fue otorgado, de manera que las cuotas impagas, vencidas o no, se abonarán como estaban pactadas, sin aplicación de nuevos intereses. Para reingresar a planes de facilidades caídos, las y los contribuyentes tienen que formalizar su solicitud desde una aplicación disponible en arba.gob.ar, a la que accederán con su CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT).
En aquellos casos en que como consecuencia de la caducidad del plan se hubiese iniciado juicio de apremio, se deberá acreditar el pago de costas y gastos como condición para poder rehabilitarlo.