La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) elevó hasta 300.000 pesos el monto que permite a los contribuyentes con crédito fiscal solicitar su reintegro desde la web del organismo. Esta medida, que entró en vigencia el viernes desde su publicación en el Boletín Oficial, se da en el marco del programa de asistencia tributaria destinado a acompañar, sostener y ayudar a los contribuyentes bonaerenses afectados por la pandemia.
La iniciativa beneficia a contribuyentes de Ingresos Brutos, incluso si revisten dentro del Convenio Multilateral, y comprende al 96,2 por ciento de los que tienen saldos a favor en ARBA, en tanto que desde el organismo destacaron que la demora será de apenas 72 horas. "Con estas medidas tenemos como objetivo acompañar a todos los contribuyentes, sobre todo a las pequeñas y medianas empresas, que vieron afectada su economía por la pandemia", destacó el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación, Cristian Girard.
El titular de ARBA consideró que "la simplificación y agilización de este trámite para devolver los saldos a favor también posibilita brindarles una rápida respuesta a los contribuyentes, e incluso facilitar el uso de ése crédito fiscal para ponerse al día con otras deudas que se hubiesen generado". Asimismo, la Agencia generó las condiciones de compensación para que, con los saldos a favor de Ingresos Brutos, los contribuyentes puedan usarlos para cancelar otras deudas propias de impuestos patrimoniales.
La restitución o compensación del crédito fiscal se puede solicitar a través de la página web de ARBA. Para hacerlo hay que ir al botón “Gestionar” de la página del organismo. Una vez informada la CUIT y clave fiscal, que da acceso a la aplicación, se debe hacer clic en “Ingresá la demanda de IIBB”. Todo el procedimiento de devolución está digitalizado, lo cual agiliza las actuaciones administrativas.
Las iniciativas de asistencia tributaria incluyen a empresas, pymes, autónomos y al resto de los contribuyentes, y abarcan planes de pago para regularizar deudas; bonificaciones hasta fin de año en Ingresos Brutos; disminución de alícuotas vinculadas a regímenes de retención y percepción; y la postergación de la fecha para cumplir en término y con descuentos de las cuotas de algunos de los impuestos patrimoniales.