Quiénes cobran Prestación por Desempleo en agosto de 2024: cuánto dinero es

Conocé los requisitos del organismo previsional para acceder a este beneficio y cuál es el monto disponible para el mes de agosto, de acuerdo a la ANSES. 

07 de agosto, 2024 | 14.28

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que en agosto ofrecerá una Prestación por Desempleo de hasta $234.000 como refuerzo económico para quienes se encuentren sin trabajo. El objetivo es brindar un apoyo financiero y facilitar la transición hacia nuevas oportunidades laborales.

Además, ANSES ofrece asistencia en términos de capacitación y orientación para la reinserción laboral. A través de sus programas, los beneficiarios pueden acceder a asesoramiento, capacitación y servicios de intermediación, promoviendo así el desarrollo de habilidades y facilitando el regreso al mercado de trabajo.

Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES

La Prestación por Desempleo de ANSES es una ayuda económica destinada a los trabajadores que quedaron sin empleo y cumplen con una serie de requisitos. Este beneficio se otorga en situaciones de despido sin justa causa, finalización de contrato, o abandono del empleo por razones externas. Además del apoyo financiero, se proporciona asesoramiento para mejorar las posibilidades de encontrar un nuevo empleo.

Quiénes pueden cobrar el bono por desempleo

Para acceder al bono por desempleo, deben cumplir con las siguientes condiciones:

  • Trabajadores permanentes: Haber trabajado al menos 6 meses con aportes en los últimos 3 años antes del despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales y de temporada: Haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el año anterior a la finalización del trabajo.
  • Trabajadores de la construcción: Contar con al menos 8 meses de trabajo con aportes en los dos años anteriores al despido o finalización de obra.

Cuáles son los requisitos para cobrar la prestación por Desempleo de ANSES

Para solicitar la Prestación por Desempleo, los solicitantes deberán presentar el DNI original y copia junto con la siguiente documentación:

Documentación que acredite la situación de desempleo (original y copia), según el caso:

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada.
  • Despido por quiebra: nota del síndico, sentencia de quiebra, telegrama de cese por quiebra, o ejemplar del Boletín Oficial.
  • Resolución de contrato por justa causa: telegrama de intimación y desvinculación.
  • No renovación de contrato a plazo fijo: copia del contrato vencido.
  • Fallecimiento del empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
  • Enfermedad/accidente: certificado médico de aptitud laboral.

El trámite se puede realizar a través de la Atención Virtual de ANSES, utilizando el CUIL y la Clave de Seguridad Social.

ANSES: cómo hacer el trámite para cobrar la prestación por desempleo

Cuál es el monto de la prestación por Desempleo en agosto 2024

En agosto 2024, la Prestación por Desempleo de ANSES puede variar entre $118.000 y $236.000, dependiendo de los ingresos previos y los meses trabajados con aportes en los últimos 3 años. La cantidad de cuotas puede cambiar entre 2 a 12. Por último, para los trabajadores mayores de 45 años, la prestación se extiende por 6 meses adicionales. El beneficio se cobra a través de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social, y si el beneficiario no tiene una cuenta registrada, deberá abrir una en la sucursal bancaria asignada para recibir el pago.

Cómo inscribirse a la prestación social por Desempleo

En principio tenés que tener la siguiente documentación:

  • DNI (original y copia)

Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
  • Tené en cuenta que si hubo un cruce de telegramas con tu empleador y te consideraste despedido, deberás realizar un trámite previo.

Una vez reunida toda la documentación personal yf amiliar, hay que ingresar a Atención VIRTUAL ANSES con CUIL y clave de seguridad social. También se podrá hacer el trámite de ANSES en una oficina con turno previo. 

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