Luego de formalizar la propuesta que llegará al Congreso, la Anses dio a conocer su estimación respecto al incremento que tendrán las jubilaciones en caso de que avance la nueva ley de movilidad. De aprobarse, los haberes obtendrían una mejora del 32,2%, contra el 30,9% que otorgaría la que se sancionó en el gobierno de Mauricio Macri.
De acuerdo al organismo previsional, si durante 2021 se continuara con la fórmula del 2017, se registrarían aumentos del 6,8% en marzo; 7,4% en junio; 6,8% en septiembre y 6,8% en diciembre, para totalizar un 30,9%. Con la fórmula propuesta, que implicaría retrotraer la movilidad al espíritu de la ley del 2009, habría dos subas semestrales: una en marzo del 11,9% y otra del 18,2% en septiembre.
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De esta manera, las jubilaciones acumularían un alza del 32,2% durante el próximo año, según las proyecciones de recaudación que figuran en el Presupuesto. Es decir, 1,3 puntos porcentuales más que con el esquema suspendido. Además superaría por tres puntos a la inflación, proyectada en un 29%.
"El RIPTE en el segundo semestre de 2020 aumenta un 11,4% y un 15,3% en el primero de 2021. Los recursos tributarios acumulados en el segundo semestre de 2020 aumentarán un 26,4% respecto del acumulado del mismo semestre de 2019, y en el primer semestre de 2021 un 46,4% respecto de 2020", explicó la Anses para estimar los supuestos económicos. "Para el cálculo de la variación de los salarios, ya no se toma la comparación entre el Índice de Salario del INDEC y el RIPTE del MTEySS sino solo RIPTE. Este último resulta más transparente", precisó en un comunicado el organismo que comanda Fernanda Raverta sobre la diferencia entre la fórmula propuesta y la de 2008.
Según el Gobierno, la suspendida Ley 27.426 ponía en riesgo la sustentabilidad del sistema de seguridad social, al no tener ninguna correlación entre la movilidad y los recursos disponibles. Asimismo, en los dos años que tuvo vigencia, el haber mínimo cayó un 19,5% en términos reales.
Sin embargo, la fórmula que rigió entre 2009 y 2017 permitió que los haberes mínimos avanzaran en términos reales un 25,8% durante el período en el que estuvo vigente. Sin embargo, a partir de 2018 se la reemplazó por otra que combinaba la inflación en un 70% y un 30% por los sueldos registrados que elabora la cartera laboral (RIPTE).