Dos veces al año, los trabajadores en relación de dependencia cobran el Salario Anual Complementario (SAC) comúnmente llamado aguinaldo. La mitad se cobra en cierto y la otra parte, más adelante en el 2024.
Quienes cobran este extra que es un derecho establecido en la Ley de Contrato de Trabajo ,obtendrán el 50% del salario mensual más alto obtenido por cualquier concepto durante el primer semestre del año. Es un cálculo en el que se incluyen horas extras y comisiones, entre otros ítems.
Sin embargo, no incluye todo lo considerado “no remunerativo”, como por ejemplo, la vestimenta laboral.
¿Qué es el aguinaldo?
El aguinaldo se calcula en base al sueldo bruto de cada trabajador y se divide en dos partes iguales, una correspondiente al primer semestre del año y otra al segundo. Este pago adicional suele ser de gran importancia para los trabajadores, ya que les permite hacer frente a gastos adicionales, como los relacionados con las celebraciones de fin de año o la vuelta a clases de los hijos.
Es importante destacar que el aguinaldo no está sujeto a descuentos de seguridad social ni del impuesto a las ganancias hasta ciertos límites, según la legislación vigente en el país. Sin embargo, su monto y la fecha de pago pueden variar dependiendo de acuerdos sectoriales o colectivos, así como también de las condiciones específicas de cada empleo.
¿Cuándo se cobra el primer medio aguinaldo?
La primera parte del aguinaldo se cobrará en junio.
¿Quiénes cobran el aguinaldo de junio?
Los trabajadores que cobran el aguinaldo son aquellos registrados y también jubilados.
¿Cómo calcular cuánto cobro de aguinaldo en junio?
Se calcula de la siguiente forma:
- Sobre el mejor sueldo bruto.
- Se hacen los descuentos de jubilación y obra social, entre otros.
- Así se llega a la suma “neta” o de bolsillo.
Si el trabajador tiene menos de un año en el empleo registrado, la cuenta es proporcional. Para esos casos, hay dos fórmulas a aplicar.
- Dividir el mejor sueldo recibido en el tiempo trabajado por 12 y multiplicar el resultado por los meses trabajados.
- Multiplicar los meses trabajados por la mitad (50%) del mejor salario mensual y luego dividir ese resultado por seis.
¿Qué hacer si no se paga el aguinaldo?
En el caso de que el empleador no lo pague, el trabajador tiene derecho a intimarlo mediante una carta documento. La misma advertirá incluso sobre las medidas legales que se pueden tomar por no abonar en tiempo y forma. De todas formas, en el caso de que el incumplimiento persista, el empleado tiene la opción de radicar una denuncia en el Ministerio de Trabajo.