Luego de diecinueve de estar suspendidas con motivo de la pandemia, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) retomó las ejecuciones fiscales con los procedimientos habituales para deudores incluidos en las categorías de riesgo grande y mediano.
El organismo se expresó así para desmentir una fake news de La Nación, que sostuvo que dichos embargos a productores rurales fueron denunciados por llevarse a cabo "bajo un raro concepto". En el artículo, entrevistaron a agricultores de varias regiones de la provincia del Chaco que se quejaron por encontrar sus cuentas bancarias inhabilitadas luego de asegurar que "no tienen deudas ni recibieron intimaciones previas".
A diferencia de lo expresado por productores de dicho sector, diversas fuentes de AFIP recalcaron que antes de llegar a la instancia de ejecución, los contribuyentes fueron intimados y notificados “en reiteradas oportunidades”. Además, aseguraron que "no hay ninguna intención de perseguir a sector alguno, solo a quienes evaden" señalaron desde el mismo medio.
Antes de avanzar con el proceso formal de las ejecuciones, hay varios pasos previos a seguir. El trámite administrativo determina que primero los contribuyentes reciben una intimación, luego una boleta de pago con la deuda para que puedan cancelarla y por último el embargo. Es importante destacar que la AFIP no realiza embargos preventivos de ningún tipo ni toma medidas sectoriales, sino que se trata de procesos que se efectúan con relación a CUITs con deudas líquidas y exigibles previamente intimadas.
La plataforma utilizada por este organismo para la instrumentación de este tipo de diligencias se denomina "Sistema de Oficios Judiciales" (SOJ), es por esa razón que dicha sigla puede verse mencionada en el trámite.
Con información de Télam