La AFIP realizó en 2022 devoluciones correspondientes al impuesto a las Ganancias por $ 12.671,2 millones, sumando $ 10.827,1 millones de capital y $ 1.844,1 millones en concepto de intereses resarcitorios. Se trató de una de las medidas que tomó el Gobierno y apuntó a disminuir el flujo de uso de dólares.
El 96% de los desembolsos se efectuó a partir de agosto, siendo octubre el mes en el que se efectuó la liquidación más importante con $ 5.722,1 millones. "De esta manera se vieron beneficiados 336.691 contribuyentes que habían sido alcanzados por percepciones en la compra de moneda extranjera, pasajes y consumos con tarjeta en el exterior del país", precisó la entidad a través de un comunicado de prensa.
La Resolución General N° 4815 estableció un régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para las operaciones de compra de moneda extranjera, pasajes al exterior y consumos con tarjeta fuera del país y en plataformas. Una vez finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción, los contribuyentes pueden solicitar la devolución. Para ello, deben contar con CUIT, clave fiscal nivel 2 o superior y Domicilio Fiscal Electrónico.
Devolución percepciones AFIP del 35% por compra de dólar: cómo pedirlo
El plazo para solicitar las devoluciones de la percepción del 35% de anticipo del impuesto a las Ganancias por parte de la AFIP de las operaciones del año pasado se inició este 1 de enero y alcanza a las operaciones en dólares hasta el 31 de diciembre de 2021.
Estas percepciones son las que se practican por la compra de dólar ahorro, compras con tarjetas de crédito y compra en moneda extranjera que se pague en pesos, adquisición de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, adquisición de pasajes al exterior, entre otras.
La AFIP deberá analizar cada caso particular. Aquellas solicitudes que se deban derivar al área de fiscalización requerirán mayor plazo para su resolución. Las devoluciones podrán ser hasta ocho meses desde la solicitud, según la experiencia del 2020.
Es importante destacar que no se podrá realizar devolución del Impuesto PAIS (30%) por considerarse un gasto. Para aquellos que no son alcanzados por Bienes Personales e Impuesto a las Ganancias los pasos a seguir son los siguientes.
Con información de Télam