Desde qué monto AFIP controla lo que gastás en el supermercado

La consigna rige para todas las compras mayores a ese límite. La suma difiere según el medio de pago.

18 de marzo, 2024 | 10.28

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó el monto desde el cual los comercios tienen que informar al organismo, con factura y datos del cliente. Desde enero, la suma subió un 106% y aplica para cualquier tipo de gasto, incluso supermercados.

La consigna rige para todas las compras mayores a ese límite. En tanto, las compras con tarjeta deberán incluís los siguientes datos:

  • Apellido y nombre
  • Domicilio
  • CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).

¿Desde qué monto AFIP controla cuánto gastás en el supermercado?

La suma desde la que se informa a la AFIP es $191.624. Antes eran $92.720 y rigen para los pagos a través de medios electrónicos. En cambio, el monto se reduce a $ 95.812 -antes $ 46.360- cuando sea mediante pagos en efectivo o por otros medios de pago no electrónicos.

De acuerdo a lo señalado por el organismo fiscal, el sistema "Comprobantes en Línea" entiende que una transacción es realizada a través de medios electrónicos cuando se selecciona una de las siguientes opciones en las condiciones de venta: Tarjeta de Débito, Tarjeta de Crédito, Cuenta Corriente, Cheque o Tiquet.

"En el caso de operaciones efectuadas por responsables inscriptos frente al impuesto al valor agregado, cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista (industria manufacturera; comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas), se exceptuará de identificar al cliente cuando la operación sea igual o menor a $ 95.812  y el pago se efectúe por algún medio electrónico autorizado", detalló AFIP.

Qué concepto poner en transferencias para no pagar impuestos en AFIP

AFIP también registra algunas transferencias bancarias. Es común que el receptor o emisor de una transferencia se olvide de un dato clave: el motivo, justificación o concepto en este tipo de operaciones. La entidad fiscal presta especial atención a este detalle ya que el motivo de transacción es fundamental para determinar el destino u origen de los fondos que se están moviendo.

Es por eso que elegir el concepto adecuado es crucial para evitar malentendidos con AFIP ya que algunas transferencias específicas pagan impuestos. En el caso de corresponder, este será percibido por la persona que reciba el dinero, ya que es quién le da un uso final al dinero.

Transferencias bancarias: ¿cuáles son los conceptos que reconoce AFIP?

  • Alquileres.
  • Aportes de capital.
  • Bienes registrables habitualistas.
  • Bienes registrables no habitualistas.
  • Cuota.
  • Expensas.
  • Factura.
  • Haberes.
  • Honorarios.
  • Inmobiliaria habitualista.
  • Inmobiliaria.
  • Préstamos.
  • Seguros.
  • Suscripción a obligaciones negociables.
  • Varios.

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