La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que investigará a los usuarios de billeteras virtuales cuyos consumos o transferencias superen los $400.000. Este monto suele actualizarse cada seis meses de manera automática basándose en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y busca evitar movimientos ilícitos o irregularidades en las operaciones financieras de estas plataformas.
La medida forma parte de una actualización de los regímenes de información financiera establecidos por la AFIP. Las billeteras virtuales, al igual que los bancos y otras entidades financieras, estarán obligadas a informar todas las transacciones, saldos y consumos que superen estos límites. Esta normativa fue impulsada mediante la Resolución General N° 4298, que elevó los importes que deben ser reportados, con el objetivo de mejorar la transparencia del sistema financiero.
En caso de que un usuario de billetera virtual realice una transferencia o gasto superior a los $400.000 o saldos superiores a $700.000, la AFIP iniciará un proceso de investigación para determinar el origen de esos fondos. El contribuyente deberá presentar la documentación necesaria, como recibos de sueldo o facturas emitidas, que respalden la legalidad del dinero.
Si durante la investigación la AFIP detecta movimientos sospechosos o si el usuario no puede justificar adecuadamente el origen del dinero, el organismo podrá tomar medidas severas. Estas pueden incluir el cierre de la cuenta del usuario y la generación de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS). Este reporte es un mecanismo utilizado por las entidades financieras para alertar sobre posibles actividades ilícitas.
AFIP: qué movimientos se pueden investigar
- Superar los límites de montos permitidos sin justificar: para personas sin ingresos formales es de $400.000 en movimientos de ingresos y egresos. Sobrepasarlo sin justificación puede generar inspecciones por parte de la AFIP.
- No justificar el origen de los fondos: es importante respaldar todas las operaciones con documentación, incluso las transferencias entre cuentas propias. Si no se cuenta con ingresos declarados, la AFIP o el banco pueden solicitar una justificación del origen de los fondos.
- No tener en cuenta el monto máximo sin declarar: si se realizan transferencias por encima de $700.000 sin respaldarlas con ingresos declarados, se deberá informar al fisco. No hacerlo puede atraer investigaciones.
- Transferir montos que exceden los valores permitidos: aunque muchos bancos ampliaron sus límites, es esencial estar al tanto de los valores permitidos por las entidades para evitar inconvenientes.
- No responder a las solicitudes del banco o la fintech: si un banco o entidad financiera solicita justificar fondos a través de un correo electrónico, es crucial responder con la documentación adecuada para evitar que se genere un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF.
¿Qué documentación puede pedir la AFIP?
- Boletas de compra y venta.
- Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturación de los últimos meses.
- Constancia del monotributo.
- Certificado de fondos emitido por un contador público.