AFIP eliminó la obligación de certificar la capacidad económica para importar 

El Gobierno quitó la imposición de registrarse en el Sistema de Capacidad Económica Financiera que acompañaba al régimen de SIRAs para realizar importaciones.

10 de enero, 2024 | 13.12

El Gobierno eliminó la imposición de registrarse en el Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF) que acompañaba al régimen de SIRAs para realizar importaciones. Lo hizo a través de una Resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial.

El CEF era un trámite complementario al régimen SIRAs que utilizaba la AFIP para filtrar importaciones. Todo este sistema fue reemplazado por el "Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)". Mediante este sistema se suministrarán de manera anticipada la información relativa a las destinaciones de importación para consumo, para su análisis y seguimiento, a fin de normalizar y facilitar el comercio exterior.

En este mecanismo, se prevé que la AFIP -de manera previa a la oficialización de la declaración en el SEDI-, a partir de la información disponible en sus registros, continúe analizando la situación tributaria y la capacidad económico-financiera del declarante. En la misma Resolución la AFIP creó el "Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior" en el cual deberán inscribirse los sujetos que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes y/o de servicios y efectuar la correspondiente declaración jurada.

La AFIP comunica que se prorroga hasta el 24 de enero, inclusive, el plazo para que los importadores que posean deuda comercial con proveedores del exterior informen el monto de la misma. Adicionalmente, se elimina la evaluación de la Capacidad Económico-Financiera como requisito para tramitar las SEDI.

El Gobierno le puso fin al Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA), que había sido implementado durante la gestión de Sergio Massa en el Ministerio de Economía para establecer cupos a las compras del exterior, y anunció la creación del SEDI, que funcionará a partir de mañana como su reemplazo. De esta manera, no habrá más licencias ni permisos discrecionales para importar. A través de la resolución conjunta 5466/2023, publicada en el Boletín Oficial, con la firma de la directora general de la AFIP, Florencia Misrahi, y del secretario de Comercio, Pablo Lavigne, este nuevo registro permitirá que se declaren las importaciones de forma anticipada para luego afectarlas a un despacho “a fin de normalizar y facilitar el comercio exterior”, y no requerirá de la aprobación por parte de la Secretaría de Comercio.

“Se eliminan así las trabas al comercio basadas en la discrecionalidad, desarmando posibles nichos de corrupción, y se ajusta el sistema a los estándares internacionales de la Organización Mundial del Comercio (OMC) respecto a la administración del comercio”, dijeron en la Secretaría de Comercio. La resolución agrega que el sistema que funcionaba hasta el momento afectó el desempeño y la previsibilidad de las empresas nacionales, lo que generó “serias dificultades en el comercio de bienes y servicios en el país, como así también una importante deuda comercial con proveedores del exterior”.

De esta forma, también comunicaron la creación de un “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior”, con el objetivo de contar con información actualizada de la deuda comercial privada vigente y en el cual deberán inscribirse aquellos que posean deuda comercial por importaciones. La inscripción a este padrón estará abierta por 15 días corridos desde la publicación de la resolución.

En la Secretaría de Comercio explicaron que quieren saber con detalle cuánto de la deuda de US$35.000 millones acumulada en los últimos dos años está vigente y cuánto ya se canceló a través de otros instrumentos financieros (CCL). Al fin de saldar esa deuda, a través de la comunicación A “7918″ del Banco Central, se instrumentó el llamado Bono para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal).

Esto se suma a la comunicación “A” 7917 del Banco Central, que estableció los tiempos de pagos de las importaciones realizadas desde el 13 de diciembre en adelante. Esta comunicación prevé, como generalidad, el pago de las operaciones en cuatro partes iguales y consecutivas, a los 30, 60, 90 y 120 días, a la vez que fija algunas excepciones. Este cronograma de acceso al mercado oficial podría agilizarse en los próximos meses, cuando sea la temporada alta de liquidación de divisas del sector agropecuario.