Los exportadores intimados por la Dirección General de Aduanas por no haber liquidado las divisas sus exportaciones tienen 10 días para ingresarlas al país o dar garantía de ello mediante un seguro de caución, so pena de ser suspendidos del Registro de Exportadores de la Aduana. A la fecha, 90 exportadores han iniciado el procedimiento de la mencionada instrucción general, que ya fue avalada por la Justicia frente a una cautelar presentada por una empresa sojera.
“No pueden volver a ocurrir casos de abuso donde los exportadores dejan cifras millonarias en el exterior sin liquidar para aprovechar la brecha cambiaria. Con el seguro de caución, el Estado garantiza que, si el exportador no liquida divisas en tiempo y forma, los dólares van a ser recuperados”, señaló el titular de la Aduana Guillermo Michel. L
Los plazos para liquidar las divisas van de los 15 días desde el permiso de embarque (soja) hasta 180 días (economías regionales), existiendo casos de 365 días, pero siempre con un máximo de 60 días para operaciones entre empresas vinculadas.
En ese contexto, la Aduana dictó la IG 07/2022 (DGA) estableciendo pautas a seguir cuando los exportadores no efectúen el oportuno ingreso de divisas, estableciendo que, de verificarse el efectivo incumplimiento, el agente a cargo del registro intimará al exportador para que, dentro del plazo de 10 días, proceda a liquidar las divisas correspondientes o a garantizar su ingreso mediante un seguro de caución.
De no cumplirse con estos requisitos, se lo suspende como Exportador del Registro de Aduana. Así, el mecanismo de garantizar el ingreso de las divisas vía un seguro de caución ya es utilizado por muchos exportadores para evitar ser suspendidos del registro de importadores y exportadores.
A la fecha, 90 exportadores iniciaron el procedimiento de la Instrucción 7/22 de la Aduana. Las siguientes son, por importe, las 5 principales empresas que aceptaron garantizar las divisas no liquidadas: Frigorífico General Pico (Carnes), Cabo Vírgenes (Pescado), Celulosa Argentina (Papel), SL Natural SRL (Aceite de Soja) y Vicente Trapani (Limones).
“Este mecanismo impulsado por la Aduana muestra la necesidad de que los organismos del Estado optimicen los controles de manera eficiente. Con el seguro de caución, el Estado argentino garantiza que, si el exportador no cumple con la liquidación de divisas en tiempo y forma, los dólares van a ser recuperados", señaló Michel. "No pueden volver a ocurrir casos de abuso donde los exportadores dejan cifras millonarias en el exterior sin liquidar para aprovechar la brecha cambiaria para luego presentarse en concurso preventivo, haciendo que el Estado quede sujeto a los extensos tiempos del proceso concursal”, agregó.
Frente a esos controles, la empresa entrerriana EL CERCO SRL, presentó una acción de amparo contra la ADUANA-AFIP para que se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la INSTRUCCIÓN GENERAL N° 7/2022 DGA. Sin embargo, y avalando la posición de la Aduana, el Juzgado Federal N°1 de Rosario decidió no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa, respaldando la posición oficial.