La Dirección General de Aduanas impidió que un hombre retirara del país mercadería de valor histórico sin declarar, en una inspección que se realizó en el Paso Fronterizo Internacional Bernardo de Irigoyen - Dionisio Cerqueira, entre la Argentina y Brasil, se informó hoy oficialmente.
Las mercancías valuadas en $10 millones incluían joyas de oro, artículos de platería antigua y una centenaria colección de libros, bienes culturales de exportación prohibida y los agentes de la Aduana también encontraron US$ 21.900 sin declarar.
Las agentes especializados de la Dirección General de Aduanas-AFIP estaban inspeccionando vehículos que cruzaban hacia Brasil cuando una camioneta Ford Ranger con matrícula argentina se presentó en el área de control, informó el organismo en un comunicado.
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Ante la pregunta del personal de la Aduana, el conductor -un ciudadano argentino radicado en Brasil- inicialmente afirmó que no tenía nada para declarar.
No obstante, los agentes aduaneros realizaron una revisión de los bultos que transportaba y rápidamente comenzaron a constatar mercaderías en infracción del régimen de equipaje.
En primer lugar, hallaron US$ 21.900, cifra que excede el límite de divisas que se permite retirar del territorio nacional sin declarar (US$ 10.000).
En segundo lugar, descubrieron joyas de oro, vajilla y artículos de platería antigua, además de libros publicados hace más de 100 años, en 1905, considerados bienes culturales.
Especialistas de la Aduana estiman que el precio combinado de la mercadería encontrada asciende a $ 10 millones y se cree que en el mercado informal podría incluso multiplicarse por dos o tres.
Así, el valor de las mercancías (que también incluían dos armas de aire comprimido) excede ampliamente la franquicia admitida para egresos del país por vía terrestre, de US$ 300.
A su vez, la cantidad y variedad de los productos que el ciudadano argentino llevaba consigo permite presumir que estaban siendo exportados con fines comerciales, lo cual constituye una infracción adicional al régimen de equipaje.
Los agentes de la Aduana labraron actuaciones por infracción al régimen de equipaje de salida: en los términos del artículo 979 del Código Aduanero y la Resolución y en línea con la Resolución Sobre el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales de la Organización Mundial de Aduanas, incautaron tanto las divisas como la totalidad de la mercadería no declarada, que quedaron a disposición del juez administrativo de turno.
Con información de Télam