El Ministerio de Economía encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la instrumentación de una serie de medida a favor de micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, que incluyen un plan de facilidades de pago para la cancelación de deudas, la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal, y la prórroga del vencimiento de las obligaciones de setiembre a diciembre próximo.
Lo hizo a través de la resolución 1416/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial que le encarga a la AFIP instrumentar un plan de facilidades de pago para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta el 31 de agosto último, destinado a mipymes, personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes, y entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas.
También que disponga la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para todos estos contribuyentes hasta el 31 de diciembre próximo.
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Asimismo, que prorrogue el vencimiento de las obligaciones de pago del aporte personal de los trabajadores autónomos, correspondiente a setiembre, octubre, noviembre y diciembre de este año, y del impuesto al valor agregado, correspondiente a los mismos períodos fiscales.
Las nuevas fechas de vencimiento para el pago de las obligaciones prorrogadas no podrá ser anterior al 1° de marzo de 2024.
Economía también le solicitó a la AFIP que modifique el régimen de retención del impuesto a las ganancias a los fines de actualizar los importes de la escala y alícuotas aplicables para el cálculo de la retención cuando se trate de pagos por el ejercicio de profesiones liberales u oficios.
Además, suspender hasta el 31 de diciembre el procedimiento para aplicar la exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y el mecanismo de baja automática, y establecer un nuevo régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y pago de los impuestos, cuyos vencimientos operen durante enero de 2024, debiendo instrumentar el ingreso de un pago a cuenta por cada obligación, en los términos y condiciones que establezca el organismo fiscal.
Con información de Télam