La Secretaría de Energía dispuso la transferencia de $ 38,8 millones a un conjunto de distribuidoras que forman parte de la cadena del Gas Licuado de Petróleo (GLP), con el propósito de asegurar el suministro de garrafas en hogares de bajos recursos en el marco del Programa Hogar.
La medida fue dispuesta a través de las resoluciones 887/2023 y 888/2023, publicadas hoy en el Boletín Oficial, que especifican el reparto de 32 asistencias a distribuidoras correspondientes a diferentes períodos entre marzo y diciembre de 2022.
El total de las asistencias ascendió a $ 38.766.397,06, correspondiendo $ 24.701.271,01 a 19 aportes a distribuidoras especificados en la resolución 887 y $ 14.065.126,05 para las 13 transferencias restantes en la resolución 888.
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El Programa Hogar fue creado mediante el Decreto 470/2015, y su financiamiento se estableció a través del fondo fiduciario para atender las necesidades de GLP de sectores de bajos recursos y para la expansión de redes de gas natural.
La iniciativa fue relanzada el 24 de abril de este año por el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, y la directora ejecutiva de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta.
El 19 de abril de 2022, Energía había extendido hasta fines de año la "asistencia económica transitoria" que se otorga a las empresas de la cadena de gas en garrafas, a través de la Resolución 271/2022.
Esa asistencia, dirigida a las empresas registradas en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo y dispuesta en agosto del año pasado, tiene como objetivo solventar los precios máximos de referencia del Programa que no poseen modificaciones desde julio de 2022, y la "variación experimentada en los valores y costos asociados en la cadena de comercialización del GLP".
Asimismo, cuando el destino sea otro del de venta a distribuidores de envases de hasta 45 kilos, pasará a ser un porcentaje en vez de una suma fija; por lo cual la asistencia económica transitoria seguirá siendo el equivalente al 20% de la facturación en concepto de venta de GLP (neto de impuestos) que facturen mensualmente las empresas.
En cuanto al aporte, cuando el destino fuese otro del de venta a distribuidores en envases de hasta 45 kilos, la modificación establece que "las empresas fraccionadoras podrán solicitar un reconocimiento del 20% del precio máximo de referencia vigente de venta de fraccionadores a distribuidores por cada tonelada facturada".
Con información de Télam