La Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa prorrogó hasta el 15 de mayo de 2024 la excepción de requisitos para que las cooperativas obtengan el certificado MiPymE y obtengan los correspondientes beneficios fiscales y de financiamiento, a través de la disposición 499/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Para inscribirse al Registro de Empresas MiPyMES y obtener el certificado correspondiente, las firmas deben cumplir una serie de requisitos, incluidos límites de ventas anuales, personal ocupado y activos expresados en pesos.
En el caso de las cooperativas, para acceder al certificado MiPymE se debe verificar que todos los integrantes cumplan con los requisitos y se encuentren inscriptos en el registro.
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Para ello, deben informar mediante declaración jurada los datos relativos de sus integrantes.
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), no obstante, pidió dejar sin efecto este requisito, lo cual se dispuso en mayo último.
El organismo señaló que cumplir con el mismo era excesivamente dificultoso debido al gran número de asociados que presenta la mayor parte del universo cooperativo.
La aplicación del requisito estaba generado un prejuicio en contra del ecosistema cooperativista porque, con el mismo, el sector no estaba logrando acceder a los beneficios vigentes para las micro, pequeñas y medianas empresas.
La suspensión de estos requisitos vencía ayer 15 de noviembre, y la nueva extensión regirá hasta el próximo 15 de mayo.
En los considerandos, se señala que actualmente está en consideración entre el Inaes y diferentes áreas del Poder Ejecutivo, la elaboración de una normativa superadora que resuelva de manera definitiva la caracterización de las cooperativas.
El Inaes remarcó que la solución no solo depende de la emisión de la mencionada normativa en análisis sino también de la adaptación de los diferentes sistemas.
La prórroga permitirá, de esta forma, evitar el prejuicio de las cooperativas mientras se avanza en el armado de la solución definitiva.
Con información de Télam