El Banco Central (BCRA) recordó hoy que las empresas que acceden al mercado oficial de cambios para pagar importaciones deberán confirmar en una declaración jurada que ni sus directivos ni sus accionistas realizaron operaciones de compra-venta de títulos con moneda extranjera, mecanismo para hacerse de dólares a través de la bolsa.
La precisión dispuesta hoy por el Directorio de la entidad monetaria señaló que "esa restricción ha operado siempre de manera directa o indirecta o por cuenta y orden de terceros".
"Las entidades financieras deberán incorporar a la Declaración Jurada que firman las empresas para acceder al mercado de cambios que no realizaron, ni lo hicieron sus directores y accionistas, de manera directa o indirecta o por cuenta y orden de terceros, operaciones de títulos valores con liquidación en moneda extranjera", aseguró el BCRA en un comunicado esta tarde.
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Al respecto, recordó que la norma vigente establece que "si una firma accede al mercado de cambios, esa firma, su controlada o controlantes, sus directores y accionistas no pueden realizar operaciones de liquidación de activos en moneda extranjera"
El lapso previo o posterior depende del tipo de instrumento, pero tiene un mínimo de 90 días y un máximo de 180 días.
Con información de Télam