La Unidad de Información Financiera (UIF) actualizó el marco regulatorio para juegos de azar, luego de 12 años de la última modificación, a través de la resolución 194/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La misma adecúa las obligaciones a cumplir por las personas humanas, nacionales o extranjeras, que, de manera ocasional o permanente, participen de juegos de azar, así sea de forma presencial o en línea.
La normativa reúne lineamientos regulatorios para prevenir, detectar y reportar hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT), en concordancia con los estándares internacionales, guías y pautas del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
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Además, suma mejoras para mitigar los riesgos de LA/FT, en base a la operatividad del sector, el avance tecnológico y las nuevas prácticas desarrolladas en los últimos años.
El nuevo régimen contempla los resultados de las Evaluaciones Nacionales de Riesgos de LA y FT/FP aprobadas por los decretos 653/22 y 652/22 respectivamente y los informes publicados por la UIF acerca de autoevaluaciones de riesgos y reportes de operaciones sospechosas de los sujetos obligados e informes técnicos de los revisores externos independientes.
De conformidad con las evaluaciones nacionales de riesgos, quienes participen de juegos de azar deben entender los riesgos de LA/FT y evaluar el impacto que puedan tener en cada una de las personas y entidades del sector y posiblemente en la economía nacional a gran escala, en caso de concurrir en delito.
Del mismo modo, la resolución incorpora conceptos propios del enfoque basado en riesgo como la presentación del Informe Técnico de Autoevaluación de Riesgos, la declaración de tolerancia al Riesgo y la incorporación de la Revisión Externa Independiente de sus sistemas preventivos.
Por otro lado, añade la obligación de controlar en forma permanente el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), la realización de una debida diligencia continuada de los clientes y la obligación de verificar la identidad y antecedentes policiales y judiciales de los directores, gerentes, empleados y colaboradores propios y tercerizados.
También prevé la obligación de efectuar Reportes Sistemáticos Anuales, además de los Reportes Sistemáticos Mensuales y agrega supuestos considerados de riesgo alto y señales de alertas orientativas que guían a los sujetos obligados para determinar cuándo corresponde efectuar un Reporte de Operación Sospechosa.
El proceso de modificación implicó la conformación de mesas de trabajo con actores del sector desarrolladas tanto en la sede nacional de la UIF, así como en Rosario (provincia de Santa Fe) y en Esquel (provincia de Chubut).
Además de realizarse encuentros junto a las cámaras representativas de la actividad, entre ellas la Asociación de Loterías, Casinos y Quinielas (ALEA) y la Cámara Argentina de Salas de Casinos, Bingo y Anexos, quienes, en función de su experiencia, realizaron aportes que fueron evaluados y contemplados para la formulación de esta norma.
La resolución entrará en vigencia el 1 de diciembre próximo, para que los sujetos obligados puedan hasta esa fecha readecuar y ajustar sus Sistemas de Prevención de LA/FT y sus políticas, procedimientos y controles internos.
La UIF destacó que está llevando adelante un proceso de actualización del marco regulatorio establecido en sus resoluciones para los distintos sectores, en concordancia con las recomendaciones del GAFI y con los resultados de la Primera Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de Activos y la actualización de la Evaluación Nacional de Riesgos de Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva de nuestro país, aprobadas de forma unánime en 2022.
Asimismo puntualizó que en los últimos meses ya han sido publicadas nuevas resoluciones para entidades financieras y cambiarias, sociedades de capitalización y ahorro, sector asegurador, cooperativas y mutuales y mercado de capitales.
Señaló que los cambios incorporados para cada caso redundarán en una mayor efectividad del sistema del nacional preventivo contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Con información de Télam