La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) aprobó una serie de condiciones contractuales para seguros de vida colectivo e individual con perspectiva de género, con una diferencia tarifaria para las mujeres respecto de "los mismos riesgos a los que se encuentra expuesta la población masculina o unisex", a través de la resolución 532/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.
En dos anexos la misma determina, con carácter general, las condiciones contractuales del Seguro de Vida Colectivo para la Mujer y del Seguro de Vida Anual Renovable para la Mujer.
También indicó que las entidades aseguradoras que opten por operar con esas condiciones "deberán remitir la nota técnica de la cobertura básica y cláusulas adicionales a comercializar", para su autorización por la Superintendencia.
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Esa nota, agregó "deberá ajustarse a los parámetros definidos en las resoluciones de pautas mínimas aplicables" y las tarifas de las coberturas "deberán construirse en base a estadísticas específicas para la población femenina".
"Las particularidades estadísticas de los riesgos a los que se encuentra expuesta la población femenina implican una diferencia tarifaria en relación a los mismos riesgos a los que se encuentra expuesta la población masculina o unisex", planteó la SSN en los considerandos de la resolución.
Las condiciones se aprobaron "en línea con el objetivo de fomentar y promover la perspectiva de género y la innovación en el mercado de seguros" en el marco de "necesidades específicas de las aseguradas en el contexto actual, incorporando el resguardo de aspectos inherentes al género y desprotegidos hasta el momento", añadió.
Con información de Télam