Agrupación de inquilinos rechaza derogación de Ley de Alquileres y convoca a una movilización

21 de diciembre, 2023 | 17.22

El presidente de Inquilinos Agrupados, Gervasio Muñoz, advirtió hoy sobre las consecuencias de la derogación de la Ley de Alquileres incluida en el DNU publicado hoy en el Boletín Oficial y anunció que habrá una movilización en todo el país.

"El decreto del presidente (Javier) Milei establece que nos pueden cobrar alquileres en cualquier moneda, en dólares, en euros, en lo que se les antoje, que ya no hay plazo mínimo legal para los contratos de alquiler de vivienda o sea, nos van a poder hacer firmar contratos por 15 días, por un mes, por dos meses", señaló el dirigente.

En declaraciones a Télam, Muñoz dijo que a partir de la derogación de la Ley de Alquileres "las actualizaciones pueden estar atadas a cualquier índice, público o privado, el IPC, la inflación, por supuesto que es lo que se le antoje a la inmobiliaria, 30% mensual, o atar el precio del alquiler al dólar blue, a la nafta o a lo que quieran".

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Aseguró que "no hay país del mundo donde hoy se lleven adelante políticas de este tipo para proteger la vivienda".

"Creo que claramente es un Gobierno que ha escrito este decreto en función de los poderes económicos más importantes de la Argentina e internacionales, nos parece muy importante esto", remarcó.

En este contexto, dijo que se convocó para esta noche -a las 20- a concretar movilizaciones de organizaciones de inquilinos en todas las ciudades del país.

"Hay algo fundamental y es que ninguna sociedad se desarrolla si no tiene la gente, los que no tenemos vivienda, un lugar donde dormir, donde vivir, por lo tanto a las 20 horas hoy todas las organizaciones inquilinas salimos a las calles", agregó.

La normativa publicada hoy sostiene que "los inconvenientes y penurias que el exceso de regulación normativa han aparejado en las convenciones privadas, especialmente en los contratos de locación de viviendas, es un hecho público y notorio, con graves consecuencias tanto para locadores como para locatarios y la virtual destrucción del mercado inmobiliario".

"En forma concordante, deviene imprescindible la derogación de la nefasta Ley de Alquileres N° 27.551", agregó el DNU.

La nueva norma establece que "los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes. El locatario no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a la establecida en el contrato".

"Las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres. Será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres", detalló.

Además, estableció que "si el índice elegido dejara de publicarse durante la vigencia del contrato, se utilizará un índice oficial de características similares que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos si el precio estuviera fijado en moneda nacional, o el que cumpla las mismas funciones en el país que emita la moneda de pago pactada".

Desde el sector inmobiliario, por su parte, salieron a respaldar la derogación de la Ley de Alquileres, al considerar que el mercado debe funcionar con "acuerdos libres entre privados".

"Desde el sector inmobiliario estamos satisfechos respecto de la derogación de la Ley de Alquileres; desde siempre sostuvimos que el Estado no debía inmiscuirse en un mercado que se maneja por acuerdos libres entre privados, por lo que apoyamos esta medida", dijo a Télam Marta Liotto, expresidenta del Colegio Profesional Inmobiliario.

Sostuvo que "este decreto va a servir para reparar tanto daño que hizo esta nefasta Ley de Alquileres que tuvimos en vigencia entre una y otra, fueron tres años y medio de pesadilla para nosotros, para los propietarios y para los inquilinos".

En el mismo sentido, Marta Libera, vicepresidenta de la Cámara Inmobiliaria Argentina, sostuvo que "esto es algo positivo para que haya una flexibilidad y las partes acuerden y puedan ir adaptándose a la inflación".

"Van a ser acuerdos, se puede hace cada 6 meses, 4 meses, esto va a permitir que haya más unidades en alquiler", mientras que "en este momento los inquilinos no tienen elección porque no hay oferta y tienen que caer en contratos informales que también son de riesgo", agregó.

En declaraciones a TN, Libera dijo que "alguien que no recibe dólares difícilmente pueda pactar en dólares", y que "en la medida que los propietarios no puedan alquilar o no encuentren inquilinos que califiquen para alquilar en dólares van a ir adaptándose a la realidad, esto lleva un tiempo de transición".

En declaraciones radiales esta mañana, el presidente Javier Milei argumentó sobre los cambios que introduce el DNU y sobre esta derogación dijo que "aparecen los efectos no deseados" cuando se generan "normativas que van a reparar o intentan reparar sobre el efecto y no sobre la causa, por ejemplo: la Ley de Alquileres".

"El punto dos es la Ley de Abastecimiento, que es algo verdaderamente criminal donde frente al control de precios como vos no querés producir a pérdida, el Estado te obliga a punta de pistola que produzcas porque si no te saca el negocio y la Ley de Alquileres es lo mismo", comparó.

El DNU -en uno de su artículos- deroga la Ley de Alquileres que entró en vigencia en julio de 2020 y la reforma implementada en 2023, que establece una duración de tres años para los contratos de locación, fija condiciones de actualización, cada seis meses en la actualidad, y la obligatoriedad de registrar en pesos los contratos en la AFIP.

Esa primera ley establecía que los contratos podían aplicar aumentos anuales con actualización por el índice de contratos de locación, que el Banco Central publicaba mensualmente y estaba conformado en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte).

En octubre de este año, la Ley se modificó y se redujo a 6 meses el plazo de actualización de los valores, al tiempo que se cambió el ICL por la fórmula Casa Propia, que se utiliza para los créditos Procrear, y que se calcula con el Coeficiente de Variación Salarial (CVS).

Con información de Télam