Banfield dio esta noche detalles de la transferencia del volante Giuliano Galoppo al club San Pablo, de Brasil, que se concretó el lunes y fue la primera entre entidades deportivas de América del Sur realizada con pago en criptomonedas.
"El monto producido en esta operación supera los 1.000 millones de pesos, el equivalente a más de 8 millones de dólares oficiales", resaltó Eduardo Spinosa, presidente del ´Taladro', en un escrito ofrecido a los medios.
"A Banfield le queda la posibilidad de percibir el equivalente a un millón de dólares adicionales. Para cuando eso se pueda cobrar, se debería ver qué alternativas existen y qué norma está vigente en nuestro país para ver cuántos pesos serían en ese momento", sumó el dirigente.
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Esa suma se refiere a "bonos por productividad que podría percibir" a partir de presencias en cancha del mediocampista y de los logros deportivos de su nuevo equipo mientras él forme parte de su plantel. Además, a Banfield le queda una plusvalía del 10 por ciento sobre una futura venta de Galoppo.
"San Pablo incrementó el monto de la operación a los valores detallados para hacerse cargo de los impuestos, que en Argentina rondan el 25 por ciento (la normativa dice que los paga el club vendedor, por eso ellos pagan ese adicional), además de los correspondientes en su país que también quedaron bajo su costo", prosiguió la exposición de Spinosa.
El propio presidente banfileño reconoció que su club "no ha pagado por esta operación ninguna comisión a representante ni intermediario alguno"; por el contrario, "con innovación y creatividad", dijo, es que siguen desarrollando a la institución.
Banfield añadió la normativa cambiaria del Banco Central de la República Argentina para los pases de deportistas.
La misma, en sus párrafos principales, indica que "la venta por parte de un Club deportivo local a favor de uno extranjero, de los derechos federativos y económicos de un jugador de fútbol, califica como una 'enajenación de activos no financieros no producidos'" .
Para estas operaciones la normativa dispone que "la percepción por parte de residentes de montos en moneda extranjera deberá ingresarse y liquidarse en el mercado de cambios dentro de los 5 (cinco) días hábiles de la fecha de percepción de los fondos en el exterior o en el país o de su acreditación en cuentas del exterior".
En cambio establece que "los criptoactivos de cualquier especie (entre ellos la criptomoneda conocida como USDc) NO son 'moneda extranjera'. Consecuentemente, si fruto del pase de un jugador, se percibe en pago criptomoneda en lugar de moneda extranjera, la normativa cambiaria no exige cursar operación alguna a través del mercado de cambios".
De ese modo Banfield resolvió la negociación por la venta del 90 por ciento de la ficha de Galoppo en criptomonedas para alcanzar un mayor ingreso en pesos.
Con información de Télam