El conductor de Todo Noticias Nicolás Wiñazki acusó al ministro de salud bonaerense, Daniel Gollán, de poseer junto a un socio chino una distribuidora de alimentos que tenía como cliente al municipio de General Rodríguez. Sin embargo, un dictamen de la fiscal Alejandra Rodríguez determinó que no existe delito en la venta de alimentos que se realizó siguiendo la normativa de la ley orgánica de los municipios de la provincia de Buenos Aires que establecen un concurso de precios.
"La esposa de Gollán, con domicilio en la casa del ministro de Salud, creó una empresa con este socio chino, que terminó vendiéndole alimentos secos a General Rodríguez en plena pandemia, y podría haber incompatibilidad de funciones, porque la empresa que está en la casa de Gollan, termina vendiéndole hace pocos meses comida a un municipio de la Gobernación", afirmó Wiñazki en TN.
La fiscal Rodríguez determinó que no hubo delito debido a que se respetó la competencia de precios para determinar los proveedores tal como reflejan los documentos contables del municipio. A su vez, la funcionaria evidenció en su dictamen que el diputado denunciante de Gollán, Luciano Bugallo, no se presentó a la Justicia para sumar pruebas amparándose en los fueros que le otorga su cargo.
"Sólo atinó a ratificar los términos de su denuncia amparándose (conforme reza textualmente en su escrito): ´...en los fueros e inmunidad que gozamos los diputados de la Provincia de Buenos Aires otorgados por el art.97 de la Constitución provincial´´", sostiene el documento firmado por la fiscal Rodríguez. Al no existir delito debido a que se aplicó la ley de la competencia y a que el diputado denunciante no presentó nuevas pruebas que avalen la denuncia, la investigación fue archivada.
Incluso el supuesto socio chino de la esposa de Gollán -Gladys Méndez- sostiene que la mujer no forma parte de la empresa desde hace un año y que el municipio de General Rodríguez compró los alimentos porque estaban en problemas financieros y debían adquirir alimentos a bajo costo.
"La falta de elementos indiciarios de que haya sido cometido ilícito -al menos de momento y con la prueba colectada- impide avanzar en posible imputación, pues las conductas puestas de manifiesto y pasibles de reproche pretendidos por el denunciante, mientras no se ajusten a algunos de los tipos penales que contempla el Código Penal, quedan exentas de su alcance, ya que como antes de manifestara en las líneas que preceden, no ha logrado acreditarse en autos connivencia delictiva", dictaminó la fiscal.
Lo llamativo es que la fecha de emisión del dictamen que determina la inexistencia del delito es del 31 de marzo y el informe de Wiñazki fue emitido esta semana. Es decir que el periodista sabía que una fiscal había determinado que no había delito y que la empresa en verdad perteneció a la esposa de Gollán, Gladys Méndez.
El martes por la noche, Wiñazki entrevistó en su programa al ministro de Interior, Wado de Pedro, quien le reprochó la emisión de informes con datos falsos y la respuesta del conductor de televisión fue que no lo hacían. El informe contra Gollán demostró que utilizó información falsa.