Tras el decreto nacional con recomendaciones a las provincias y a la ciudad de Buenos Aires para restringir la circulación en horario nocturno, el gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso una serie de medidas para aplacar el número de contagios en el distrito. Las mismas entrarán en vigencia "a partir del lunes 11 de enero a las 01.00 horas"
Medidas y restricciones en la Provincia de Buenos Aires
1. Continuar empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en los 135 distritos de la provincia, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria. En la actualidad 17 municipios se encuentran en Fase 5, 109 en Fase 4 y 9 en Fase 3.
2. En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01.00 y las 06.00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.
3. Reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.
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4. Restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.
5. Reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos.
6. Habilitar a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.
7. En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.
8. El día martes 12 de enero se actualizarán las disposiciones en base a la nueva situación epidemiológica y sanitaria de la provincia y sus 135 distritos.
En la Costa Atlántica no hay restricciones
Axel Kicillof y el ministro Augusto Costa se reunieron en el Museo de Arte Contemporáneo en Mar del Plata con los intendentes de Pinamar, La Costa, Villa Gesell, General Alvarado, Mar Chiquita y General Pueyrredón. Tras la reunión, Costa afirmó que, por ahora, "no vamos a tomar ninguna medida puntual" y agregó que "vamos a seguir charlando con los intendentes".
El ministro dijo que "estamos preocupados por la situación", por lo que "lo único que le pedimos a la sociedad que mantenga las medidas de cuidados, estuvimos todo un año aprendiendo las medidas y el compartimiento que sirven y reducen la circulación del virus".
Por su parte, Costa explicó que "desde el gobierno provincial y los municipios vamos a reforzar los controles". Además advirtió que "no hay margen para un relajamiento si queremos sostener la temporada de verano tenemos que seguir cuidándonos".