Cada semana es motivo de consulta cuándo es el próximo feriado en la Argentina. Y justamente, antes de que termine el mes de julio, este viernes 28 se conoció que habrá feriado para miles de personas en un sector del país. ¿A quiénes alcanza?
En esta oportunidad, los beneficiados serán cuatro sectores de la provincia de Buenos Aires que tendrán la posibilidad de tener un fin de semana XL y aprovechar para descansar o para salir de paseo con familiares o amigos el viernes 28, sábado 29 y domingo 30 de julio.
Por qué hay feriado el viernes 28 de julio
El feriado del viernes 28 de julio será para cuatro localidades de la provincia de Buenos Aires. Se trata de Puán, Villarino, General Villegas y Guaminí, donde se celebrará el aniversario fundacional de cada una.
- Puán: la localidad fue fundada en 1886 y se conmemorará el aniversario del 147° aniversario y habrá eventos culturales para sus habitantes el 30 de julio: la gente podrá disfrutar de presentaciones musicales, folklore y hasta de un desfile.
- Villarino: la localidad fue fundada en 1886 y se cumple el 137° aniversario.
- Guaminí: la localidad fue fundada el 140° aniversario.
- General Villegas: la localidad fue fundada en 1888 y se cumple el 135° aniversario.
¿Qué feriados locales quedan en julio de 2023?
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Claraz (Necochea): 26 de julio, Aniversario fundacional.
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General Villegas: 28 de julio, Aniversario Fundacional.
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Guaminí: 28 de julio, Aniversario Fundacional.
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Puán: 28 de julio, Aniversario Fundacional.
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Villarino: 28 de julio, Aniversario Fundacional.
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Saladillo: 31 de julio, Aniversario Fundacional.
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Junín: 31 de julio, Patronal.
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Los Indios (Rojas): 31 de julio, Aniversario fundacional.
Qué dice la ley sobre los feriados y los asuetos
Los feriados nacionales están regulados por la ley 20.744 de Contrato de Trabajo y son obligatorios para todos los trabajadores del sector privado. Durante estos días, rigen las mismas normas que para el descanso dominical, es decir, el trabajo se considera una excepción y el empleado no está obligado a trabajar. En cuanto a la remuneración, los empleados que trabajen en un feriado nacional tienen derecho a percibir un salario diferencial, que generalmente se establece en un 100% más respecto al salario habitual. Es decir, se les paga el doble de lo que ganarían en un día de trabajo normal.
Por otro lado, los días no laborables son optativos para el empleador, a excepción de los sectores bancarios, de seguros y actividades afines, que deben acatar la reglamentación correspondiente. En estos días, los empleados que decidan trabajar recibirán su salario habitual, es decir, el salario simple. En caso de que el empleador decida declarar el día como no laborable, el trabajador igualmente recibirá su jornal completo, sin descuentos.