Día a día se realizan miles de transferencias a través de cuentas de banco o billeteras virtuales, ya que son uno de los métodos más cómodos y efectivos para mover el dinero. Sin embargo, muy pocas personas le prestar atención al concepto que colocan como descripción de la misma, algo a lo que la AFIP le empezó a prestar mucha atención.
Elegir el motivo de transacción adecuado es fundamental para determinar el destino u origen de los fondos que se están moviendo. Por este motivo, en el caso de corresponder pagar algún impuesto, este será percibido por la persona que reciba el dinero, ya que es quién le de un usos final al dinero. Así, es importante conocer qué transacciones pagan impuestos y cuáles no.
Cuáles son los conceptos de las transacciones
- Alquileres
- Aportes de capital
- Bienes registrables habitualistas
- Bienes registrables no habitualistas
- Cuota
- Expensas
- Factura
- Haberes
- Honorarios
- Inmobiliaria habitualista
- Inmobiliaria
- Préstamos
- Seguros
- Suscripción a obligaciones negociables
- Varios
AFIP empezó a investigar el origen de las transacciones: qué concepto poner para evitar los impuestos.
Cuáles son los conceptos que pagan impuestos
Existen diversas operaciones que implican el pago de impuestos a la AFIP o la necesidad de justificar el origen de los fondos. Esta exigencia se encuentra vinculada tanto al tipo de transacción como a la situación fiscal de los involucrados en el envío y recepción de fondos. Un ejemplo es el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, donde el banco retiene aproximadamente un 2,5% de la transferencia.
En situaciones relacionadas con transferencias correspondientes a ventas comerciales, se debe generar una factura conforme a las normativas fiscales vigentes. No obstante, ciertas transferencias, como las que se dan entre usuarios finales de servicios financieros, entre dos cuentas pertenecientes a la misma persona, o aquellas vinculadas a cuentas de uso judicial, están exentas de impuestos.
Para movimientos que requieran justificación de fondos, se aceptan diversos documentos como prueba de la transacción. Entre estos se incluyen recibos de sueldo y/o haberes jubilatorios, facturación de los últimos meses, certificados de fondos emitidos por contadores públicos, declaraciones de herederos, y documentos que confirmen la venta de acciones o empresas, como boletos de compraventa en el caso de la venta de vehículos.
La AFIP anunció una inesperada noticia para los monotributistas: $5.000.000
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció una excelente noticia para monotributistas. El Banco Nación decidió continuar otorgando créditos y préstamos para monotributistas que estén registrados en el sistema. Por esta razón, en las últimas horas anunció que dará un préstamo de $5.000.000 para respaldar a todos aquellos que cumplan con ciertos requisitos. ¿Quiénes pueden acceder al crédito de $5.000.000 del Banco Nación?
El requisito principal para acceder a este préstamo es ser un monotributista registrado en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), de acuerdo con su categoría. Este programa, llamado programa de Créditos Online, es proporcionado por Garantizar, entidad especializada en la emisión de avales y garantías para respaldar la emisión de los créditos.
Esta garantía digital hace que sea más sencillo solicitar un crédito, brindándole más confianza al solicitante monotributista y al banco. La tasa de interés, que es del 95% TNA (Tasa Nominal Anual) fija, es competitiva y ofrece condiciones favorables y equiparadas para los solicitantes. A continuación, te mostramos la lista de requisitos para acceder al préstamo del Banco Nación de $5.000.000.