La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tomó una drástica decisión con el monotributo. El organismo cambió la forma en el que los contribuyentes deben pagar el impuesto integrado -componente impositivo- de las obligaciones mensuales correspondientes desde septiembre 2023 a febrero 2024.
La medida de la AFIP se efectivizó el último miércoles a través de la Resolución General 5491/2024, que se publicó en el Boletín Oficial, con la firma de la titular del ente recaudador, Florencia Misrahi.
"El pago del impuesto integrado -componente impositivo- de las obligaciones mensuales correspondientes a los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y enero y febrero de 2024, a cargo de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) alcanzados por el beneficio del artículo 1° de la Resolución General N° 5.411, deberá efectuarse mediante Volante Electrónico de Pago (VEP)", indica el primer artículo de la Resolución.
"A tales fines, el Volante Electrónico de Pago (VEP) generado podrá ser cancelado mediante la lectura de un código de respuesta rápida QR", explicaron.
Cómo pagar el monotributo tras los cambios de AFIP
Para realizar el pago, hay que ingresar con clave fiscal al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos" o "CCMA - Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos" o a través del Portal Monotributo de AFIP.
En el caso de que la generación del VEP se realice desde el servicio "Presentación de DDJJ y Pagos", se deberá seleccionar la opción "Nuevo VEP" y completar la totalidad de los datos requeridos (Grupos de Tipos de Pagos: "Monotributo", Tipo de Pago: "Monotributo - Pago Ajustes"), utilizando la relación Impuesto-Concepto-Subconcepto 20-019-078.
En tanto, los pequeños contribuyentes asociados a cooperativas podrán ingresar la referida obligación a través de entidades bancarias y de pago autorizadas, utilizando el volante de pago formulario F. 155 y consignando la relación Impuesto-Concepto-Subconcepto 20-019-078.
Categorías monotributo 2024
- Categoría A: $2.108.288,01.
- Categoría B: $3.133.941,63.
- Categoría C: $4.387.518,23.
- Categoría D: $5.449.094,55.
- Categoría E: $6.416.528,72.
- Categoría F: $8.020.660,90.
- Categoría G: $9.624.793,05.
- Categoría H: $11.916.410,45.
- Categoría I: $13.337.213,22.
- Categoría J: $15.285.088,04.
- Categoría K: $16.957.968,71.
Cuota monotributo 2024
- Categoría A: $12.128,39.
- Categoría A exento: $11.080,53.
- Categoría B: $13.561,75.
- Categoría B exento: $11.542,86.
- Categoría C: $15.503,51 / $15.241,42 (Venta de cosas muebles).
- Categoría D: $19.497,94 / $19.066,46 (Venta de cosas muebles).
- Categoría E: $26.945,97 / $24.526,43 (Venta de cosas muebles).
- Categoría F: $33.137,61 / $29.223,11 (Venta de cosas muebles).
- Categoría G: $38.694,95 / $33.439,61 (Venta de cosas muebles).
- Categoría H: $66.111,51 / $ 56.402,68 (Venta de cosas muebles).
- Categoría I: $81.121,96 (Venta de cosas muebles).
- Categoría J: $93.619,47 (Venta de cosas muebles).
- Categoría K: $106.964,65 (Venta de cosas muebles).
Nueva Ley Ómnibus: topes del monotributo
El Gobierno hizo circular una segunda versión de la Ley Ómnibus con una actualización en las escalas del Monotributo que resulta significativamente inferiores a las cifras manejadas en el proyecto original, que quedó trunca en Diputados. Antes la facturación tope para la categoría mínima era de 5 millones de pesos anuales y en el texto enviado la semana pasada a los gobernadores bajó a los 3 millones de pesos.
- Categoría A: $3.000.000.
- Categoría B: $4.000.000.
- Categoría C: $5.500.000.
- Categoría D: $7.500.000.
- Categoría E: $10.000.000.
- Categoría F: $13.000.000.
- Categoría G: $16.500.000.
- Categoría H: $20.500.000.
- Categoría I: $25.000.000.
- Categoría J: $30.000.000.
- Categoría K: $35.500.000.