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Sin embargo, ese mencionado "obstáculo" no es una tendencia caprichosa de los jueces de ese fuero sino un principio jurídico que está presente en la ley de Contrato de Trabajo y es, con distintos matices, ampliamente extendido en el mundo.
El llamado "in dubio pro operario", una aplicación en el fuero laboral del principio "in dubio pro reo" de la justicia penal, implica que, ante la duda de intepretación de una norma en un caso concreto, siempre se tenderá a aquella que sea más favorable al trabajador, la parte más débil.
El principio está expresado en la propia ley de Contrato de Trabajo, que en su artículo 9 reza:
Art. 9° — El principio de la norma más favorable para el trabajador.
En caso de duda sobre la aplicación de normas legales o convencionales prevalecerá la más favorable al trabajador, considerándose la norma o conjuntos de normas que rija cada una de las instituciones del derecho del trabajo.
Si la duda recayese en la interpretación o alcance de la ley, o en apreciación de la prueba en los casos concretos, los jueces o encargados de aplicarla se decidirán en el sentido más favorable al trabajador.
Según explica el abogado Gustavo Arballo, autor del blog "Saber de leyes no es saber Derecho", el concepto se inventa en el siglo XX y "hay grandes variaciones entre países que dan cierto marco de estabilidad al trabajador (ponen indemnización al despido sin causa) y otros que son más desregulados (ejemplo, EEUU como principio, salvo algunas áreas específicas, o casos de despidos discriminatorios)".
El principio tiene más circulación en América del Sur, aunque "es bien extendido el concepto del "principio protectorio" (se entiende que es protección al trabajador como parte débil de la relación) que vendría a llevarte a esa misma solución en casos de posibilidades de interpretación de la ley y de las pruebas".