La Cámara Nacional Electoral resolvió que las causas por financiamiento ilegal de los partidos políticos y campañas electorales no prescribirán cuando esté involucrado un funcionario público en actividad.
El máximo órgano judicial electoral del país, integrado por Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera, se expresó así en el marco de una causa iniciada en la localidad de Funes, Santa Fe, que en primera instancia había sido declarada extinta por prescripción.
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El caso que derivó en esta decisión había sido iniciado para determinar si correspondía o no sancionar con la inhabilitación electoral a la autoridad de un partido político que no acreditó el origen y destino de los fondos recibidos por su agrupación.
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Se trata de Diego Barreto, que actualmente es intendente de Funes, y ahora continuará siendo investigado por la recaudación para la campaña del PRO. El juez de primera instancia había declarado extinguida la acción sancionadora por considerar que había prescripto, al haber transcurrido un año desde su inicio.
Sin embargo, apelada esa decisión, la Cámara Nacional Electoral tuvo en cuenta que la persona sometida a juicio era concejal de la localidad de Funes al momento del episodio y resolvió que esa condición suspende el curso del plazo de prescripción.
Para resolver de ese modo, el Tribunal consideró que aunque en el caso no se trata de un delito sino de una infracción a las normas de financiamiento partidario, deben aplicarse igualmente los principios y reglas del derecho penal.